Costos y plazos · Derecho sucesorio

¿Cuánto cuesta una sucesión?

La respuesta honesta es que depende. Pero de qué depende se puede explicar con precisión, y eso es exactamente lo que hacemos acá.

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Lo primero que todos preguntan

Por qué no hay un precio único

Es la pregunta con la que empieza casi toda consulta, y merece una respuesta honesta: no existe un precio fijo ni un plazo garantizado para una sucesión. Cualquiera que le dé un número cerrado sin haber visto la documentación le está adivinando.

Lo que sí puede explicarse con precisión es cómo se compone el costo y qué factores lo hacen subir o bajar. Eso es lo que encontrará en esta página.

El punto que más tranquiliza a las familias: los gastos de una sucesión no se abonan todos al inicio. Se van afrontando de manera gradual a lo largo del trámite, a medida que el expediente avanza. Por eso, en muchos casos es posible comenzar sin contar con un capital importante desde el primer momento.

Los cuatro conceptos que componen el costo

  1. 01

    Honorarios profesionales

    Toman como referencia la ley arancelaria de la provincia y el valor de los bienes que integran la sucesión. Se conversan al inicio, antes de empezar el trámite.

  2. 02

    Tasa de justicia

    Es el tributo que se abona al iniciar el expediente judicial. También se determina en proporción al valor de los bienes denunciados.

  3. 03

    Aportes de ley

    Contribuciones a la Caja Forense y al Colegio de Abogados, establecidas por normativa y calculadas sobre la misma base.

  4. 04

    Gastos del trámite

    Publicación de edictos, informes de dominio, partidas, certificados y tasas registrales. Son montos menores pero se van sucediendo a lo largo del proceso.

Una aclaración importante sobre la proporcionalidad. Como la mayoría de estos conceptos se calcula sobre el valor de los bienes, una sucesión de una casa modesta en Arroyo Seco no tiene el mismo costo que la de un patrimonio grande. El temor de que «una sucesión es carísima» suele venir de escuchar cifras de casos que no se parecen en nada al propio.

Qué encarece y qué abarata el trámite

Lo abaratan y agilizan

Documentación completa y sin errores · Herederos identificados y de acuerdo · Un solo bien o pocos bienes · Todos los herederos con domicilio en el país · Poco tiempo transcurrido desde el fallecimiento

Lo encarecen y demoran

Partidas con errores de nombres o fechas que hay que rectificar · Herederos ausentes o sin paradero conocido · Bienes en distintas jurisdicciones · Conflicto entre los herederos · Inmuebles sin escriturar o con problemas de título

¿Y si el patrimonio es importante pero no hay liquidez?

Es una situación frecuente: una familia hereda un inmueble de valor pero no tiene efectivo disponible para afrontar el trámite. Existen modalidades de acuerdo de honorarios que contemplan ese escenario. Es algo que se conversa antes de iniciar, no después.

Lo que cuesta no hacerla

No hay una norma que obligue a iniciar la sucesión en un plazo determinado. Pero postergarla tiene un costo propio, y suele ser mayor:

Una sucesión postergada raramente se simplifica sola.

La información de esta página es orientativa y de carácter general. Los importes concretos dependen de cada caso particular y se conversan en la primera consulta.

Preguntas frecuentes

No hay un precio único. El costo se compone de honorarios profesionales, tasa de justicia, aportes de ley y gastos del trámite, y la mayoría de esos conceptos se calcula en proporción al valor de los bienes. Por eso una sucesión de un patrimonio modesto no tiene el mismo costo que una de un patrimonio grande. En la primera consulta informamos todos los conceptos.

No. Los gastos se van afrontando de manera gradual a lo largo del trámite, a medida que el expediente avanza. Eso hace que en muchos casos sea posible comenzar sin contar con un capital importante desde el primer momento.

No. La primera consulta, presencial en el estudio o por videollamada, no tiene costo ni compromiso.

No hay un plazo único. Agilizan el trámite la documentación completa, los herederos identificados y de acuerdo y la existencia de pocos bienes. Lo demoran las partidas con errores, los herederos ausentes, los bienes en distintas jurisdicciones y el conflicto entre familiares. En la primera consulta podemos ubicar su caso en uno u otro escenario.

En sucesiones donde el patrimonio es significativo pero los herederos no tienen liquidez existen modalidades de acuerdo de honorarios que contemplan esa situación. Conviene plantearlo en la primera consulta, antes de iniciar el trámite.

No existe un plazo legal que obligue a iniciarla, pero postergarla tiene consecuencias: los bienes siguen indisponibles, la documentación se vuelve más difícil de reunir, se acumulan deudas de impuestos sobre los bienes y, si fallece un heredero, se abre una segunda sucesión que también habrá que tramitar.

No. En la primera consulta evaluamos el caso con la información que tenga a mano. Después le indicamos exactamente qué papeles hacen falta —y cómo conseguirlos si no los tiene.

Los honorarios se conversan en la primera consulta, antes de iniciar cualquier trámite, y se definen según las características del caso. Aceptamos pagos en cuotas y en algunos casos podemos pactar modalidades especiales según el trámite.

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En una consulta de veinte minutos, con los datos de los bienes y los herederos, te damos una orientación concreta sobre el costo. Sin cargo y sin compromiso.

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